Quienes tendrán que emitir factura electrónica desde Julio

Los contribuyentes que son responsables inscriptos en el IVA tendrán obligación de emitir facturas electrónicas a partir del 1° de Julio si tuvieron ingresos en 2015 de entre $ 500.000 y $ 2 millones (cifra neta de impuestos). Así lo determinó la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) en la Resolución General 3840 (aquí).

Cabe recordar que se trata de la segunda etapa para la generalización de la factura electrónica, ya que el 1 de abril fueron obligados a emitir factura electrónica los responsables con operaciones por un importe igual o superior a $2.000.000 y los sujetos que realicen operaciones de venta de ganado vacuno, porcino, ovino, caprino o aviar y/o venta de carnes o subproductos de las citadas especies. En tanto que quienes reunieron ingresos inferiores a $ 500.000 deberán cumplir con la modalidad a partir del 1° de noviembre próximo.

Los contribuyentes que, por problemas estructurales y/o regionales de conectividad, no tengan acceso a internet y, en consecuencia, se vean impedidos de cumplir con el régimen de emisión de comprobantes electrónicos originales, la AFIP determinó que deberán, con carácter de declaración jurada, exteriorizar dicha situación ante la Administración Federal con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia de la obligación.



La fecha de aplicación durante el 2016 de la factura electrónica para otras actividades, independientemente el nivel de los ingresos que tuvieron y de su situación que tengan frente al IVA:

  1. Los que venden ganado: desde el 1 de abril.
  2. Los operadores del sector lácteo: a partir del 1 de noviembre.
  3. Acopiadores e intermediarios del sector tabacalero: desde el 1 de noviembre.
  4. Las empresas de medicina prepaga; los colegios privados; los locadores de inmuebles rurales y las galerías de arte: a partir del 1 de noviembre.
  5. Asimismo, se incluye dentro de la obligación de facturar en forma electrónica, a dueños e intermediarios que alquilen inmuebles con fines turísticos, los que tendrán que emitir también la factura electrónica cuando realicen esas operaciones. La fecha para estos últimos será el 1 de noviembre, justo previo al comienzo de la oferta de los alquileres veraniegos.

-El Contador Online News-

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