Claves del nuevo régimen “puerta a puerta” para las compras online en el exterior

Habrá un límite máximo de hasta 5 envíos por año, que no podrán superar los u$s 1.000 ni pesar más de 50 kilos. También quedará permitido el ingreso de alimentos, textiles y celulares sin la necesidad de tramitar una licencia automática o un estampillado de importación.
 

Las interminables y largas colas que pueden verse todos los días en la oficina del Centro Postal Internacional en Retiro pronto serán sólo un mal recuerdo. La semana que viene la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) presentará oficialmente el nuevo régimen "puerta a puerta" para las compras realizadas por Internet en el exterior.

Cantidad, peso y valor de los envíos

Mientras antes sólo se permitían dos, la nueva norma admite un límite máximo de hasta cinco envíos por año por persona. Cada uno de ellos no podrá superar los 50 kilos ni estar valuado en más de u$s 1.000. No se podrán adquirir más de tres unidades del mismo producto y bajo ningún modo que la mercadería tenga una finalidad comercial.

Más productos

A diferencia del régimen anterior, la nueva modalidad ofrece una mayor cantidad de mercaderías habilitadas para ingresar al país.

Según el artículo 2° del borrador al que pudo acceder el diario La Nación, los envíos quedarán exceptuados de la previa intervención del Instituto Nacional de Alimentos; de la tramitación de licencias de importación automáticas  y del régimen de "Identificación de Mercaderías" (la estampilla verde que acompaña a los productos importados).
 
Formulario web

La AFIP establecerá un régimen de información online para que quien compre algo en el exterior y pida enviarlo a su domicilio notifique electrónicamente la recepción de la mercadería dentro de los 30 días de haberla recibido.

Couriers o correos privados

La norma es para couriers o correos privados que tienen el servicio de "puerta a puerta”, como DHL, Fedex o UPS, y no incluye los envíos que se realizan por Correo Argentino, que dependen de otro régimen. El Correo Argentino sólo distribuirá compras de bultos de hasta dos kilos y 200 dólares. Las que superen ese monto o pesaje deberán hacerse por los privados.

Impuestos

Tras hacer la compra, los consumidores deberán presentar una declaración a través del sitio web de la AFIP y pagar un impuesto, ya que los bienes que se compran y reciben vía courier no están exentos de impuestos. Además, deberá pagar una comisión por el servicio.

Franquicias 

Si bien no está definida cuál será la franquicia, en la vieja modalidad los compradores podían traer productos con un costo de hasta u$s 25 y pagar el 50% del excedente. Los libros, por su parte, estarán exentos del pago de impuesto y de la declaración online.

Fuente: Cronista
 

Comentarios

  1. Se publicaron en el Boletín Oficial dos resoluciones generales de AFIP:

    Resolución General 3915 - Régimen de envíos postales. (Link https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/148586/20160727)
    Se establece un nuevo procedimiento para realizar las compras a proveedores del exterior de mercaderías que ingresen al país mediante el correo oficial -incluido el servicio puerta a puerta-.
    En tal sentido, se establece la siguiente modalidad:
    A) Envíos que sean de hasta 2 Kg de peso y su valor no supere los U$S 200 (doscientos dólares estadounidenses): Serán enviados bajo la modalidad puerta a puerta.
    Los destinatarios recibirán una notificación del correo, indicando el número de tracking asociado al envío. Luego deberán ingresar en la Web de la AFIP, en la que declararán el valor y la descripción de los artículos recibidos, y desde allí se generará un Volante Electrónico de Pago (VEP) para abonar el pago del arancel único del 50% sobre el valor del envío.
    Una vez abonado el arancel correspondiente, se recibirá el envío en el domicilio del adquirente, y este deberá confirmar la recepción del mismo a través de la Web de la AFIP.
    B) Envíos que sean de más de 2 Kg de peso y/o por un valor superior a los U$S 200 (doscientos dólares estadounidenses): Serán retirados en la sucursal del correo.
    Los destinatarios recibirán una notificación del correo, indicando que tienen un envío a su nombre para retirar en el correo. Luego deberán ingresar en la Web de la AFIP, en la que declararán el valor y la descripción de los artículos recibidos, y desde allí se generará un VEP para abonar el pago del arancel único del 50% sobre el valor del envío.
    Una vez abonado el arancel correspondiente, se deberá retirar el envío en la sucursal del correo que corresponda.
    Recordamos que en todos los casos se encuentra vigente la franquicia anual de veinticinco dólares (U$S 25) -prevista en el art. 80, ap. 1, inc. c), del D. 1001/1982 y sus modif.-.
    Por último, señalamos que la presente disposición resulta de aplicación a partir del 25/8/2016.

    Resolución General 3916 - Régimen de Importación por Prestadores de Servicios Postales/Courier. Resolución N° 2.436/96 (ANA), sus modificatorias y complementarias. Norma complementaria. (Link: https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/148587/20160727)
    Se establece el procedimiento aplicable para la importación de mercaderías que ingresen al país a través del servicio de couriers.
    El mismo es aplicable a importaciones de hasta 50 Kg de peso valuadas en hasta U$S 1.000 (un mil dólares estadounidenses), conformadas por hasta 3 unidades de la misma especie, y que no hagan presumir una finalidad comercial.
    Este tipo de envío solo podrá ser utilizado hasta 5 veces al año por persona.
    Quien reciba el envío deberá notificar a la AFIP su recepción dentro de los 30 días de recibido el mismo.
    Señalamos que las presentes disposiciones resultan de aplicación desde el 25/8/2016.

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