La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)
dictaminó hoy que las Lebacs son títulos públicos y, por lo tanto, que
sus compradores no deben pagar impuestos a las Ganancias y sobre los
Bienes Personales.
La duda se había originado por una consulta del Consejo Profesional de Ciencias Económicas (CPCE) porteño, que había preguntado al Banco Central si los tenedores de Lebacs debían tributar impuestos nacionales o no.
Aunque en un primer momento el Central indicó que no se trataba de títulos públicos, ahora acordó con la AFIP mantener la exención.
En un comunicado la AFIP informó esta tarde que "las operaciones con Letras y Notas del Banco Central (LEBACs y NOBACs) no están alcanzadas por los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales, tanto para personas físicas como sucesiones indivisas".
"La normativa vigente establece que, para personas físicas, tanto la tenencia como el rendimiento de los títulos públicos, están exentos del pago de Ganancias y Bienes Personales", explicó el organismo que lidera Alberto Abad.
"En tal sentido, AFIP considera a las LEBACs y NOBACs como títulos públicos. Las LEBACs y NOBACs son instrumentos de regulación monetaria emitidos por el Banco Central (BCRA)", agregó el organismo fiscal.
La decisión de la AFIP tiene fuerte impacto en el mundo inversor, ya que las Lebac se habían transformado este año en el instrumento estrella del mercado financiero. Ya no sólo estaban siendo buscadas por expertos, sino que cada vez más inversores minoristas las demandaban a través de bancos y sociedades de Bolsa. Con una tasa de interés de 37,5% anual a 35 de plazo, prácticamente no hay instrumento financiero que les compita. Un plazo fijo bancario a 35 días y en pesos está pagando, por ejemplo, casi 10 puntos porcentuales menos.
"Si se gravaba, la tasa de Lebac te quedaba en un 20% de rentabilidad, no es para nada atractiva", dice Gustavo Neffa, socio de Research for Traders. "Esto nació como mercado mayorista y para bancos. Pero desde diciembre los minoristas pueden comprar Lebac en forma directa. Hoy en día, 5% de las licitaciones son minoristas que compran en forma directa, pero también hay quienes las compran en forma indirecta vía bancos", agregó.
De acuerdo con la normativa vigente, los títulos públicos argentinos no están gravados en el caso de que estén en poder de individuos, pero sí cuando quienes los compran son empresas. "Para las empresas, los títulos están gravados en todo. O sea que cuando se habla de gravar la renta financiera las empresas tienen todo gravado: el resultado de la venta de los bonos, la renta y la exposición, si tienen que pagar ganancia mínima presunta", explica el tributarista César Litvin. "En cambio, para las personas físicas, los títulos están exentos en Ganancias y Bienes Personales. En Ganancias tanto la renta de los títulos públicos, como el resultado favorable de la compraventa. Y en Bienes Personales la tenencia también", aclara.
Los títulos públicos, dice Litvin, tienen el mismo tratamiento que los intereses de depósitos a plazo fijo en caja de ahorro. "El fundamento es la política extrafiscal. Esto significa que son instrumentos tributarios para motivar determinadas decisiones económicas", dice el tributarista.
Pero la AFIP, ya en la Resolución 3835 -con la cual todos los años se informan los valores de los bienes para la liquidación de Bienes Personales-, agrupaba a las Letras del BCRA dentro del cajón de "títulos públicos". "Dentro de la teoría de los actos propios, si la AFIP los considera en una resolución me está dando una señal clara. Y si voy al artículo 20 de la ley de Ganancias, en el inciso "h" están exentos los intereses originados otras formas de captación de fondos del público, que en definitiva es lo que son las Lebac", detalla Litvin.
Autores: F. Donovan - M. Kanenguiser
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