La Corte Suprema dictaminó que sólo los sindicatos pueden declarar una huelga

La Corte Suprema resolvió que el derecho de huelga sólo puede ser ejercido por las asociaciones gremiales. En cambio, los grupos informales de trabajadores no pueden promover esa medida de fuerza.


Así lo estableció el alto tribunal en la causa promovida por Francisco Orellano, un trabajador que había sido despedido por el Correo Oficial luego de que participara en una declaración de huelga.


La sentencia, que el alto tribunal muestra como una señal favorable a la gobernabilidad, lleva la firma del presidente del cuerpo, Ricardo Lorenzetti, y de sus colegas, Elena Hghton y Juan Carlos Maqueda.

La resolución fortalece a las tres CGT, que se nutren de organizaciones sindicales organizadas, mientras que debilita en parte a las CTA, porque a partir de ahora los trabajadores agrupados en organizaciones sociales y cooperativas no podrán disponer medidas de fuerza o correrán el riesgo de ser despedidos.


Autor: A. Ventura

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