Empleados en Relación de Dependencia: AFIP habilitó Régimen Simplificado Ganancias

La AFIP puso a disposición el servicio "Régimen Simplificado Ganancias Personas Físicas" para que los beneficiarios de las rentas puedan optar por confeccionar la declaración jurada de ganancias -RG (AFIP) 2437, art. 12, inc. b), pto. 2- a través de él.  Recordemos que hasta el 30 de Junio deben realizar la presentación quienes perciban sus ingresos en calidad de empleados en relación de dependencia, jubilados y pensionados; y actores que perciban sus ingresos a través de la Asociación Argentina de Actores.

Los empleados en relación de dependencia, jubilados y pensionados se encuentran obligados a presentar una declaración jurada de bienes cuando sus ingresos brutos anuales hayan sido iguales o superiores a $ 200.000 y también una declaración jurada de ganancias cuando dichos ingresos hayan sido iguales o superiores a $ 300.000 anuales. (Ver Elevan el piso de ingresos para la declaración informativa de Ganancias y Bienes Personales



'Ganancias y Bienes - Nuestra Parte' 

Se encuentra disponible en la página de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) la información relativa a la liquidación de Ganancias y Bienes Personales. (Ver AFIP ya informa que conoce de cada contribuyente).

 

Respecto al Impuesto a las Ganancias, se le mostrará solamente a los de 4° categoría, la declaración jurada simplificada del período 2014, la declaración realizada a través del SIRADIG del período 2015, el detalle de las remuneraciones brutas del año 2015 y el detalle de las retenciones por el Impuesto a las Ganancias sufridas en el año 2015.

En cuanto al Impuesto sobre los Bienes Personales, el sistema mostrará la declaración jurada presentada por el período 2014, incorporaciones al patrimonio durante el año 2015 (como ser: automóviles, inmuebles, adquisiciones de moneda extranjera), el saldo al 31 de diciembre de 2015 de las cuentas bancarias, y plazos fijos vigentes al 31 de diciembre de 2015.

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