Ganancias: es necesaria una dosis de realidad

Analizar el impuesto a las ganancias en cabeza de una persona física requiere ver dos aspectos básicos: primero, determinar qué ingresos son ganancia y, seguidamente, valorar la capacidad contributiva de esa ganancia, para llegar adecuadamente al monto de impuesto exigido a los contribuyentes.

El debate no pasa por determinar si el salario es ganancia o no. Debe comprenderse que no todo ingreso es ganancia. Existe una porción vinculada con los gastos mínimos de subsistencia, reflejados en el monto mínimo no imponible y en las cargas de familia que integran las deducciones personales. Estos importes no expresan capacidad contributiva, sólo cuantifican los importes mínimos para una vida digna del contribuyente y su grupo familiar.



Por todo esto, valorar adecuadamente las deducciones personales responde a la necesidad de no gravar lo que no es ganancia. Proponemos dejar de lado los valores fijos como expresión de estos conceptos, y usar en cambio un parámetro con movilidad propia: el salario mínimo vital y móvil (SMVM). Así, la corrección sería automática, sin depender de una decisión gubernamental.

El monto mínimo no imponible (uno de los conceptos que se descuenta del ingreso antes de calcular el impuesto) se debería fijar considerando los doce SMVM de los meses que componen el año fiscal. Como hoy ese salario es de $ 6060, el valor quedaría en $ 72.720 anuales. Las deducciones por cargas de familia deberían ser dispuestas en porcentajes ligados a la deducción anterior, y deberían abandonarse los valores absolutos. Y la deducción especial debería ser fijada en cantidades de SMVM y en igual medida para todos los trabajadores: sean dependientes o autónomos. En ambos obtienen ingresos producto del esfuerzo personal, no de la explotación de un capital. Actualmente, los dependientes tienen una deducción 3,8 veces superior a la de los autónomos: eso debe corregirse.

Esas propuestas arrojan que el monto mensual de ingresos a partir del cual un trabajador soltero comenzaría a tributar sería de 35.150 pesos.

Además, una correcta cuantificación de la capacidad contributiva debe reflejarse en cómo se recauda el impuesto. Las escalas de alícuotas han quedado totalmente obsoletas, el tributo dejó de ser progresivo, siendo prácticamente proporcional e ignorando la real capacidad de pago de los trabajadores. Alguien con una renta neta de $ 35.000 mensuales tributará al 35%, y alguien con $ 1.000.000, también.

Es necesario reconstituir las escalas de alícuotas, para que representen la capacidad contributiva. A su vez, con el objeto de dotar al impuesto de flexibilidad para adecuarse en forma automática a las variaciones de la economía, nuestra sugerencia es expresar los límites de cada tramo en cantidades del SMVM, con abandono de los importes fijos.

Autor: C. Litvin - M. Caranta

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