Para las declaraciones juradas de Ganancias y Bienes Personales, los vencimientos operan en los meses de Abril, Mayo y Junio, dependiendo de las características de los sujetos obligados.
Nuevo servicio con Clave Fiscal “Ganancias y Bienes - Nuestra Parte”
El nuevo servicio con Clave Fiscal, "Nuestra Parte", se creó con el fin de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias. Por eso pone a disposición del ciudadano, información suministrada por nuestro organismo, para la generación de las declaraciones juradas correspondientes al Impuesto a las Ganancias de cuarta categoría y Bienes Personales.
Respecto al Impuesto a las Ganancias, muestra solamente a los de 4° categoría, la declaración jurada simplificada del período 2014, la declaración realizada a través del SIRADIG del período 2015, el detalle de las remuneraciones brutas del año 2015 y el detalle de las retenciones por el Impuesto a las Ganancias sufridas en el año 2015.
En cuanto al Impuesto sobre los Bienes Personales, muestra la declaración jurada presentada por el período 2014, incorporaciones al patrimonio durante el año 2015 (como ser: automóviles, inmuebles, adquisiciones de moneda extranjera), el saldo al 31 de diciembre de 2015 de las cuentas bancarias, y plazos fijos vigentes al 31 de diciembre de 2015.
Ésta información puede ser parcial, ya que la misma surge de los regímenes de información vigentes a cargo de distintos organismos y profesionales. Demás está decir que este servicio sólo proporciona datos y no sustituye la tarea que debe realizar un Contador Público matriculado para realizar correctamente la Declaración Jurada de los impuestos mencionados.
Vencimientos Abril 2016
Sujetos inscriptos en el Impuesto a las Ganancias y/o sobre los Bienes Personales, quienes al 31/12/2015 posean bienes por un monto igual o superior a $ 305.000 y que no tengan participación en sociedades que cierren ejercicio comercial en el mes de Diciembre o que teniéndolas consistan en acciones de empresas que cotizan en bolsa o mercado de valores.Vencimientos Mayo 2016
Éste es un vencimiento excepcional que se aplica a los sujetos mencionados en el punto anterior que tengan participación en sociedades que cierren ejercicio comercial en el mes de diciembre y que no coticen en bolsa o mercado de valores.Vencimientos Junio 2016
Este vencimiento se aplica exclusivamente a quienes perciban sus ingresos en calidad de empleados en relación de dependencia, jubilados y pensionados; y actores que perciban sus ingresos a través de la Asociación Argentina de Actores.¿Quiénes están obligados a presentar la declaración jurada?
Nuevo servicio con Clave Fiscal “Ganancias y Bienes - Nuestra Parte”
El nuevo servicio con Clave Fiscal, "Nuestra Parte", se creó con el fin de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias. Por eso pone a disposición del ciudadano, información suministrada por nuestro organismo, para la generación de las declaraciones juradas correspondientes al Impuesto a las Ganancias de cuarta categoría y Bienes Personales.
Respecto al Impuesto a las Ganancias, muestra solamente a los de 4° categoría, la declaración jurada simplificada del período 2014, la declaración realizada a través del SIRADIG del período 2015, el detalle de las remuneraciones brutas del año 2015 y el detalle de las retenciones por el Impuesto a las Ganancias sufridas en el año 2015.
En cuanto al Impuesto sobre los Bienes Personales, muestra la declaración jurada presentada por el período 2014, incorporaciones al patrimonio durante el año 2015 (como ser: automóviles, inmuebles, adquisiciones de moneda extranjera), el saldo al 31 de diciembre de 2015 de las cuentas bancarias, y plazos fijos vigentes al 31 de diciembre de 2015.
Ésta información puede ser parcial, ya que la misma surge de los regímenes de información vigentes a cargo de distintos organismos y profesionales. Demás está decir que este servicio sólo proporciona datos y no sustituye la tarea que debe realizar un Contador Público matriculado para realizar correctamente la Declaración Jurada de los impuestos mencionados.
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