Fiscalización electrónica: una herramienta de control extremo para AFIP y las provincias

La fiscalización electrónica es un sistema de inspección sin la presencia física de agentes en el domicilio del contribuyente, el que debe responder requerimientos de los organismos recaudadores a través de Internet. La AFIP comenzó a aplicarla en 2013 y desde abril pasado se extendió a las provincias de Buenos Aires y Mendoza. No responder a una fiscalización remota acarrea consecuencias gravosas en todas las jurisdicciones. Aspectos básicos de estos regímenes.

La AFIP pasó en dos años de inspeccionar a algunos miles de empresas en todo el país, a alcanzar a decenas de miles de compañías y a centenares de miles de personas físicas en una sola tanda de fiscalización electrónica.


Desde la Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA), Liliana Belmonte, funcionaria de la Dirección de Fiscalizaciones, comentó en un evento de la Asociación Argentina de Estudios Fiscales (AAEF), que con FIRE, la Fiscalización Remota bonaerense, se pasará de alcanzar "un mínimo" del 5% de los contribuyentes con desvíos en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos y como agentes de recaudación, a llegar al 100% de ese universo. Además, la funcionaria alertó que "estamos yendo a los períodos no prescriptos".



Belmonte puntualizó que la "fiscalización tradicional masiva quedó para cuando no hay ningún tipo de información, apuntando a contribuyentes no inscriptos".

La Administración Tributaria de Mendoza (ATM) informó que "la puesta en marcha del sistema contempla tres etapas y el objetivo a corto plazo es intimar $ 350 millones. En la primer etapa, se han enviado 1800 fiscalizaciones por un monto de $ 40 millones", precisó, y añadió que "se trata inconsistencias en las retenciones y/o percepciones" que contribuyentes "han deducido de Ingresos Brutos".


La AFIP y Mendoza incluyen entre las consecuencias por no responder a una fiscalización electrónica la inclusión del contribuyente en padrones de mayor riesgo fiscal. Para la AFIP, el encuadramiento en una categoría superior en el "Sistema de Perfil de Riesgo (Siper)" refleja una creciente posibilidad de ser fiscalizado en forma presencial. Pero en la provincia cuyana, se incluye al contribuyente dentro de Alto Riesgo Fiscal en la alícuota máxima de retención bancaria en el Sircreb, que es de 5%, lo que para Gastón Vidal Quera, de Lisicki, Litvin y Asoc., es "una verdadera sanción impropia".


A nivel nacional, también puede producirse la exclusión o suspensión de los Registros Especiales Tributarios o Registros Fiscales de la AFIP, con consecuencias como verse impedido de exportar o la duplicación de la alícuota de IVA en operaciones de granos. Junto con la consideración del incumplimiento como una inconsistencia asociada a su comportamiento fiscal, estas sanciones pueden impactar también en la calificación del riesgo crediticio, comentó Carlos Fernández, de Crowe Horwath.


En Buenos Aires, transcurrido el plazo de 15 días hábiles administrativos sin responder a la fiscalización remota, el contribuyentes y/o responsable será pasible de una multa de entre $ 400 y $ 60.000, añadió Fernández.


La fiscalización comienza por una notificación por correo en el caso de AFIP, o al domicilio electrónico en Buenos Aires y Mendoza, casos en los que el contribuyente debe consultar su situación en el sistema una o dos veces por semana.


El contribuyente y/o responsable sometido a fiscalización electrónica de AFIP tendrá 10 días hábiles contados a partir del día siguiente a la notificación para contestar el "Requerimiento Fiscal Electrónico‘"que se le formule por Internet, expresó Fernández.


ARBA admite la posibilidad de realizar el reconocimiento total o parcial de la pretensión fiscal, o bien, la presentación de la información de descargo, a través del envío de la información requerida por la Agencia de modo automatizado.


A través de la aplicación FIRE, el contribuyente o el agente de recaudación podrá consultar el detalle de las inconsistencias y desvíos observados por ARBA, con la metodología para su cálculo. Dentro del plazo de 15 días hábiles administrativos, podrá reconocer total o parcialmente la pretensión fiscal. A tales efectos deberá responder el cuestionario disponible en la aplicación, enumeró Fernández.


Un problema que se observó con la FIRE es que no siempre los datos de IVA que toma coincide con la base imponible de Ingresos Brutos, por ejemplo, en el caso de ciertos intermediarios que realizan ventas por cuenta de terceros.


En Mendoza, el contribuyente deberá, a través de la Oficina Virtual, verificar si tiene una notificación, y en su caso, contestar la irregularidad indicada y aportar la documen tación e información que considere necesaria en forma virtual, indicó la Dirección de Prensa de la ATM. 


Fuente: Cronista | Dolores Olivera

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