Macri firmó el decreto que pone en marcha el nuevo sistema de devolución automática del IVA para los turistas
El nuevo sistema permitirá básicamente que los
extranjeros perciban una tarifa menor por el servicio de alojamiento en
el país
El presidente Mauricio Macri, aseguró hoy que Argentina “tiene mucho por ofrecer” en materia de turismo, al anunciar la reglamentación de una ley aprobada hace 15 años que establece el reintegro del IVA por alojamiento a los visitantes extranjeros.
El mandatario se expresó de este modo al término de la reunión de Gabinete, al encabezar el acto en el Salón Sur, en el Día Mundial del Turismo junto al ministro del área, Gustavo Santos, y el titular del Palacio de Hacienda, Alfonso Prat Gay.
El nuevo sistema permitirá que los extranjeros perciban una tarifa menor por el servicio de alojamiento en el país. Por ende, el costo de alquilar una habitación de hotel en el país será más económica para el turista que quiera visitar el país.
El reintegro será automático y directo para el turista extranjero que adquiera estos servicios y la medida abarcará a la totalidad de la cadena de comercialización del alojamiento. Esto quiere decir que incorpora la compra directa del turista del extranjero y la realizada también por intermedio de las agencias de viaje del exterior y del país.
Con el nuevo mecanismo, el Gobierno se pone en línea con sistemas similares existentes en Colombia o Ecuador, donde ya existe el reintegro. En México, Perú, Chile y Uruguay directamente hay una exención impositiva para los turistas.
En otros países, principalmente los europeos, se aplica una alícuota reducida para la contratación de servicios de alojamiento.
En el Gobierno esperan que este esquema facilite la fiscalización, ya que se basa en el uso de la factura electrónica, y además promueva el blanqueo, porque procede al reintegro cuando se paga con tarjeta de crédito desde el exterior o cuando son liquidadas las divisas.
En el sector creen que el mayor impacto se producirá gracias a una reactivación del turismo que provenga de los mercados de la región, especialmente de los países limítrofes.
Referencia Normativa: Resolución General N° 1043/2016 aquí
Fuente: Iprofesional
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