Blanqueo: los que tienen incumplimientos formales, igual pueden acceder al beneficio de cumplidores

Para considerar ‘cumplidor‘ a un contribuyente se está considerando el cumplimiento de todas las obligaciones ‘sustantivas’ de los períodos 2014 y 2015, y no se toman en cuenta incumplimientos ‘formales’.

Esto quiere decir que se analiza la presentación de declaraciones juradas que conllevan un pago y no las meramente informativas, aclaró ayer Sergio Rufail, subdirector general de Servicios al Contribuyente de AFIP, al tiempo que remarcó que se puede entrar a la moratoria por deudas de 2013 u otros períodos no prescriptos, y al mismo tiempo recibir el premio de contribuyente cumplidor.

Sobre el premio a los contribuyentes cumplidores, Rufail aclaró que es principalmente la exención del Impuesto sobre los Bienes Personales por tres años y sólo para quien no tiene que tributar este gravamen existe la posibilidad de la devolución del Impuesto a las Ganancias sobre el medio aguinaldo de julio pasado. Lo hizo en el marco de un evento organizado por la Unión Industrial Argentina sobre "Sinceramiento fiscal, Regularización y Reformas Tributarias".

Para los que ya hicieron el trámite de contribuyente cumplidor, el funcionario explicó que el estado termina como "procesado" pero que hay que darle tiempo a la AFIP y eso va a cambiar.

En otro orden, Rufail dijo que para quienes quieran blanquear seguros de retiro en el exterior, estaría por salir una condonación de la sanción correspondiente por parte de la autoridad competente.


Anunció que ayer se cumplió el primer pago del blanqueo con fondos del exterior a través del Banco Nación y que anteriormente hubo casos en que se saldó con bonos.

Ante preocupaciones de otros panelistas, como Gabriela Tozzini, secretaria del Departamento de Política Tributaria de la UIA, de que "el blanqueo todavía se sigue reglamentando", Rufail dijo que "queremos dar una estabilidad normativa y no emitir más resoluciones. Todas las aclaraciones que merezca la normativa se harán, según comentó, por el sitio de preguntas frecuentes del propio sitio "Sinceramiento" dentro de la página de Internet de la AFIP, que según comentó ya tuvo 1,1 millones de accesos.

"Esta semana ya respondimos nuevas inconsistencias y preguntas en el sitio ‘Sinceramiento’, y se incluyó un cuadro comparativo con los 11 pasos que tiene el blanqueo de dinero en efectivo", indicó, y entre esas aclaraciones dijo que en el caso de las obras de arte, para lo que no se pide valuación, igual conviene tener una como "papel de trabajo", ante futuras inspecciones. "Aunque no es nuestra vocación discutir valuaciones, no sabemos que harán los agentes", opinó.

Rufail quiso dar seguridades sobre el secreto fiscal que rodeará al blanqueo, y dijo que ni los subdirectores tienen estadísticas o detalles de quiénes o cuánto blanquearon, sino un exclusivo grupo de gente que va a acceder a esa información dentro de la AFIP. Y para pedir valuaciones, todo se hace con clave fiscal, sin poderes y sin que el tasador vea el resto de los bienes. Incluso el formulario final para pagar el impuesto no incluye detalles sobre los bienes o montos de dinero.


En tanto, Andrés Edelstein, socio de PwC y asesor de la UIA en temas tributarios, dijo que para que tenga éxito el blanqueo hace falta que se conjuguen la coyuntura doméstica y externa. "Que la gente crea que pueda haber un cambio", enfatizó, y citó los distintos blanqueos recientes en Latinoamérica con más o menos éxito.

Ricardo Gil Lavedra, que asesora al Gobierno en el Ministerio de Justicia, habló de "sanción del blanqueo" y de si éste podía asimilarse a una amnistía, en tanto que el jefe de asesores de la AFIP, Roberto Sericano, consideró que no hay una multa sino un impuesto especial por el blanqueo.

Ante expresiones que se habían realizado en el evento sobre la posibilidad de encontrar alguna manera de poder hablar de ‘activos netos‘ y así incluir los pasivos al blanqueo, Sericano dijo: "Hago hincapié en que se trata de una exteriorización de activos", y rechazó el concepto de activos netos.


El funcionario también reconoció que para las personas físicas traerá algún inconveniente blanquear a mitad de año, ya que la ley les permite hacerlo desde la fecha de preexistencia de los bienes y esta es la de promulgación de la norma, el 22 de julio.

Autor: D. Olveira

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