Los Organismos de Control permitirán el ajuste por inflación de los estados contables

La ley sobre Impuesto a las Ganancias que sancionó el Senado la semana pasada puso una inflación de 55% en 2018 como meta a superar para que se pueda aplicar el ajuste por inflación para el pago de impuestos. 

Pero, además, a renglón seguido, derogó las normas que impiden que los organismos de control, como la Comisión Nacional de Valores (CNV) y el Banco Central (BCRA), puedan admitir balances indexados. 

La Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE) ya había emitido una resolución unas semanas atrás, a la que adhirió el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CPCECABA), que obliga a los contadores a ajustar por inflación los estados contables (no el balance impositivo) cerrados a partir del 1° de julio de 2018, inclusive. El Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires (CPBA) aún estaba indeciso. 

Hasta la sanción de la semana pasada, el Decreto 664/03, no permitía la presentación de estados financieros reexpresados ante los organismos de control.


En concreto, se refería a la Inspección General de Justicia, la Comisión Nacional de Valores y a la Superintendencia de Seguros de la Nación; también a la AFIP, al Banco Central y al Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social. Parecía destinado a obligar a presentar los balances ajustados como nota a los estados contables en valores nominales. 

Sin embargo, las normas internacionales de información financiera (NIIF) requieren reexpresar en moneda homogénea los estados financieros de una entidad cuya moneda funcional es la de una economía en condiciones de ser considerada como de alta inflación, explicó Santiago Sáenz Valiente. 

Y el organismo internacional que nuclea a los auditores de multinacionales declaró en julio pasado que Argentina había llegado al nivel de país con alta inflación, a lo cual llega cuando en tres años se supera el 100% de inflación. Otros criterios cualitativos refieren a la traslación de activos a moneda extranjera o a colocaciones a tasas de interés. 

De ahí la presión de las gremiales de los contadores por la aprobación oficial de al menos los estados contables, aunque no todavía el balances impositivo, ajustados por inflación, dado que muchas compañías tenían que reexpresarlos para presentarlos en entidades extranjeras como ser bolsas de valores. 

Pero también se debe a esa causa que la misma CNV estuviera haciendo lobby interno en el Gobierno para llegar al mismo objetivo, a raíz de la necesidad de contar con información real sobre las empresas que cotizan en los mercados. 

Alicia Giordano, tesorera del CPCE porteño, explicó que la ley sancionada el miércoles pasado en el Congreso, aunque le falta la promulgación del Poder Ejecutivo, apunta a permitir a los organismos de control estatales que reciban estados contables ajustados. Precisó que los artículos 5º y 6º de esta ley, derogan, indirectamente, al Decreto 664. 

El artículo 5º remite a los estados contables a lo dispuesto en la Ley de Sociedades, y el artículo 6º deroga un Decreto 1269 y sus modificatorios, y precisamente una de esas normas que lo modifican es el Decreto 664. 

El inciso c) del artículo 7º manifiesta que la vigencia del ajuste por inflación de los estados contables dependerá de la fecha que vayan definiendo los organismos, puntualizó Giordano, y confió en que "todos quieren que, a lo sumo en diciembre próximo, todos los estados contables ya se presenten ajustados". 

"Habrá que monitorear la promulgación de la ley y las definiciones que emitan los organismos de control involucrados", alertó Giordano. 

Para definir al país como de alta inflación, las normas y organismos internacionales tuvieron en cuenta indicadores cualitativos y un factor cuantitativo que consiste en que la tasa de inflación acumulada en tres años sobrepase el 100%. Algo que ya se verificó a mediados de este año, expresó Sáenz Valiente. 

Como se mencionó, los factores cualitativos fueron corrección generalizada de los precios; los fondos en moneda local se invierten inmediatamente, y el ciudadano tiende a ahorrar en activos no monetarios o moneda extranjera, agregó Sáenz Valiente.


Autor: D. Olveira

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