Revalúo, en lugar del ajuste por inflación

El ajuste por inflación permite que el balance de una empresa no arroje ni ganancias ni pérdidas ficticias.
Tras los múltiples intentos fallidos de la profesión contable y de las empresas para que se vuelva a permitir la aplicación del ajuste por inflación en los balances, esta semana se daría a conocer un proyecto para un revalúo de algunos activos.

Se trata de un camino intermedio que sólo resuelve algunos problemas que trajo la desactualización de los distintos rubros del patrimonio por la suba de precios desde febrero de 2003, cuando el Gobierno decidió que los organismos de control (Afip, Banco Central, Comisión Nacional de Valores, Superintendencia de Seguros y otros) no podían admitir estados contables ajustados.

El ajuste por inflación permite que el balance de una empresa no arroje ni ganancias ni pérdidas ficticias, ya que toma valores reales (corregidos por la evolución de los precios) en todos los estados contables.

El impacto más conocido (que llegó para ser resuelto en la Corte Suprema de Justicia de la Nación en varios casos) es el impositivo: las empresas no quieren pagar impuestos por ganancias que no son reales. Pero también puede darse el caso contrario: el de una firma que tribute menos porque tiene resultados negativos ficticios (situación que se produce cuando el pasivo es elevado).


Sin embargo, hay otro impacto que es contable: si una empresa obtiene resultados positivos irreales y distribuye dividendos, podría llegar a repartir capital (descapitalizarse). Mientras la cuestión impositiva es reglada por el fisco nacional, el tema contable es regulado por la profesión, mediante normas que dicta la Federación Argentina de Consejos Profesionales en Ciencias Económicas (FACPCE).

Para evitar dos juegos de balances totalmente diferentes, la Federación siguió los lineamientos del Estado nacional y esta no es la excepción. José Arnoletto, presidente de la institución, confirmó que se trabaja en paralelo.

Esta semana se reúne la junta de gobierno de la entidad profesional para definir las normas que entrarán en vigencia en los estados contables que cierran el 31 de diciembre de 2017. Y esa también es la fecha tope que el Ejecutivo planteó para lanzar su proyecto de reforma para el año próximo.

Ya está definido que no habrá ajuste integral de todos los ítems de los estados contables (activo y pasivo), sino un revalúo de algunos rubros, sobre todo bienes de uso e intangibles. El Gobierno quiere limitar lo más posible el impacto en la recaudación (en el fondo, la razón por la cual nunca se pensó en implementarlo) y se aplicará un tributo especial.

“Para que una empresa deduzca la amortización de los bienes de uso o los intangibles, se le va a calcular un impuesto, de alrededor del 10 por ciento, que se liquidaría junto con la declaración jurada de Ganancias del ejercicio”, explicó Arnoletto.

Para la profesión, el revalúo debería ser universal, para todas las compañías, cuestión que no prosperó, ya que se establecerá de forma opcional. También perdió fuerza una idea oficial original de actualizar los valores por peritajes técnicos, a lo cual los contadores respondieron que sería muy gravoso. Lo más probable es que se tome un coeficiente de ajuste que podría ser fijo o quedar a definición de la Federación.

Son temas que se dilucidarán en los próximos días, si el Gobierno envía el proyecto al Congreso, como se había previsto.

Autor: P. Martinez

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