El Formulario 960/NM - Data Fiscal es un formulario "interactivo" que le permite conocer, por medio de dispositivos móviles de última generación ("smartphones" o similares) con acceso a Internet, el comportamiento fiscal de un comercio, al consumidor o público en general.
Según la información obtenida, el consumidor podrá reportar las irregularidades que detecte en los comercios.
¿Quiénes deberán exhibir el Formulario 960/NM?
Los contribuyentes y/o responsables que, por las operaciones de venta de bienes muebles o locaciones o prestaciones de servicios realizadas con consumidores finales, se encuentran obligados a emitir facturas o documentos equivalentes, deberán exhibir el Formulario Nº 960/NM - "Data Fiscal", en sus locales de venta, locación o prestación de servicios -incluyendo lugares descubiertos-, salas de espera, oficinas o áreas de recepción y demás ámbitos similares.
¿Dónde deberá ubicarse el formulario 960/NM?
El Formulario Nº 960/NM - "Data Fiscal" deberá ubicarse en un lugar visible y destacado próximo a aquel en el que se realice el pago de la operación respectiva, cualquiera sea su forma, de manera tal que permita acercar un dispositivo móvil (teléfono inteligente, "notebook", "netbook", tableta, etc.) provisto de cámara y con acceso a "Internet", a una distancia máxima de 1 metro para proceder a la lectura del código de respuesta rápida (QR) impreso en el mismo, por parte del público en general y de los agentes de esta Administración Federal, sin que otros formularios, carteles, avisos, letreros, etc., impidan su rápida localización.
Cuando se utilicen máquinas registradoras -emisoras de tique o vales- o controladores fiscales, autorizadas u homologados respectivamente, por este Organismo, lo dispuesto precedentemente se cumplirá exhibiendo un Formulario Nº 960/NM - "Data Fiscal" por cada máquina o controlador fiscal instalado.
Quienes posean vidriera en el local o establecimiento deberán, además, exhibir dicho formulario contra el vidrio, en un lugar visible para el público desde el exterior del local o establecimiento, pudiendo el mismo ser de una dimensión menor a la indicada en el Artículo 26 de la RG 1415/03 (hasta el tamaño A6).Los contribuyentes y/o responsables que posean sitios "web" y realicen operaciones de venta de cosas muebles, locaciones o prestaciones de obras y/o servicios por cuenta propia y/o de terceros (independientemente que no realicen tales operaciones a través del mencionado sitio), deberán colocar en un lugar visible de su página principal, el logo "Formulario Nº 960/NM - Data Fiscal".
Para ello deberá, dentro del servicio con Clave Fiscal "Formulario 960 N.M.", informar la URL de su página web, en el recuadro disponible a tal efecto. Debe ingresarla con el siguiente formato, por ejemplo: http://www.pagina.com.ar.
Como consecuencia, aparecerá en pantalla el código HTML que debe publicar en su sitio web. Este código HTML contiene un logo y el acceso a la información sobre su empresa.
En el caso de contribuyentes, que por las características de la actividad trabajan en diferentes domicilios, la RG 3377/12 no establece excepciones para el caso indicado, motivo por el cual cada contribuyente quedaría obligado a exhibir un Formulario 960/NM en los espacios comunes (por ejemplo "salas de espera de un consultorio médico") de cada uno de los domicilios donde ejerzan su actividad.
¿En qué situaciones debe sustituirse el formulario 960/NM?
El Formulario Nº 960/NM - "Data Fiscal" deberá sustituirse cuando se modifique la situación fiscal del responsable (vgr. cambio del domicilio declarado, de categoría en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), de condición frente al impuesto al valor agregado), o cuando su deterioro obstaculice o impida la lectura del código de respuesta rápida (QR).
¿Cuántos F. 960/NM - "Data Fiscal" debo solicitar?
La solicitud de emisión del Formulario Nº 960/NM - "Data Fiscal" se realizará por cada domicilio comercial, el que deberá estar declarado previamente en el servicio con clave fiscal "Sistema Registral" como local o establecimiento, excepto cuando el mismo corresponda al domicilio fiscal.
Asimismo, cuando se utilicen máquinas registradoras (emisoras de tique o vales) autorizadas por este Organismo, o controladores fiscales homologados, se deberá exhibir un Formulario Nº 960/NM - "Data Fiscal" por cada máquina o controlador fiscal instalado.
Quienes posean vidriera en el local o establecimiento deberán, además, exhibir dicho formulario contra el vidrio, en un lugar visible para el público desde el exterior del local o establecimiento.
Finalmente, los contribuyentes y/o responsables que posean sitios web y realicen operaciones de venta de cosas muebles, locaciones o prestaciones de obras y/o servicios por cuenta propia y/o de terceros (independientemente que no realicen tales operaciones a través del mencionado sitio), deberán colocar en un lugar visible de su página principal, el logo "Formulario Nº 960/NM - Data Fiscal".
Fuente: AFIP
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