La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) decidió
modificar y ajustar el régimen de percepción del 5% que alcanza a la
compra de pasajes y paquetes turísticos al exterior que se abonan en efectivo.
La medida se dio a conocer a través de la resolución general 3825 publicada este lunes 28 de Diciembre de 2015 en el Boletín Oficial. Para acceder al texto completo de la norma haga clic aquí.
En si, la norma implementa algunos cambios. Respecto a los depósitos en efectivo, se consideran comprendidas en el régimen de percepción las operaciones canceladas mediante depósito en cuenta del sujeto que realice el cobro respectivo.
A su vez, se aclara que el agente de percepción es el sujeto que efectúe el cobro de los servicios (la agencia de viajes y turismo o la empresa de transporte terrestre, aéreo o por vía acuática, según el caso).
También se deja en claro que los sujetos pasibles de la percepción son los residentes o radicados en el país.
Por último, el fisco nacional precisó que la base imponible está conformada por el precio —neto de impuestos y tasas— de cada operación alcanzada.
Fuente: Iprofesional
La medida se dio a conocer a través de la resolución general 3825 publicada este lunes 28 de Diciembre de 2015 en el Boletín Oficial. Para acceder al texto completo de la norma haga clic aquí.
En si, la norma implementa algunos cambios. Respecto a los depósitos en efectivo, se consideran comprendidas en el régimen de percepción las operaciones canceladas mediante depósito en cuenta del sujeto que realice el cobro respectivo.
A su vez, se aclara que el agente de percepción es el sujeto que efectúe el cobro de los servicios (la agencia de viajes y turismo o la empresa de transporte terrestre, aéreo o por vía acuática, según el caso).
También se deja en claro que los sujetos pasibles de la percepción son los residentes o radicados en el país.
Por último, el fisco nacional precisó que la base imponible está conformada por el precio —neto de impuestos y tasas— de cada operación alcanzada.
Fuente: Iprofesional
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