La AFIP y el Ministerio de Trabajo aumentaron los controles informáticos sobre los empleadores

Desde hace varios años, el fisco y las distintas autoridades de contralor, como el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad (MTESS) y la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), han venido desarrollando las bases para el establecimiento de los procedimientos tendientes a la unificación en materia de inscripción laboral y de la seguridad social, con el objetivo de simplificar y facilitar la registración de empleadores y trabajadores.

En este sentido, desde el decreto 217/2003, la Ley 25.877, pasando por varias resoluciones de AFIP, MTESS y ANSES y recientemente el dictado de las últimas 3669/2014, 941/2014 y 3781/2015 en cuanto a la emisión del Libro de Sueldos y Jornales y Certificados de Trabajo vía Internet, se fueron implementando una serie de herramientas para la generación a través de la web de gran parte de la documentación que evidencia la relación entre los empleadores y los trabajadores.

Al respecto, en cuanto a las empresas, podemos mencionar que la registración como empleador, así como también el alta y baja de cada trabajador dentro de su nómina, la confección y presentación de sus declaraciones juradas de cargas sociales, certificaciones de servicios, certificados de trabajo, y demás trámites vinculados deben ser realizados de forma online a través de la página web.

Por otra parte, en cuanto a los trabajadores, es posible que los mismos verifiquen vía Internet si están debidamente registrados, los depósitos de sus aportes previsionales y sus retenciones del Impuesto a las Ganancias de cuarta categoría, y obtengan un certificado digital de ingresos laborales (que es una constancia validada por el fisco que muestra las remuneraciones de los últimos 6 meses de todos los empleadores con los que haya prestado servicio), entre otros.

Asimismo, también cabe destacar que muchas entidades gremiales actualmente utilizan servicios y aplicaciones a través de la web para que los empleadores efectúen la confección ypresentación de declaraciones juradas informando las obligaciones sindicales a su cargo.

Siguiendo con estas medidas, y avanzando más allá, desde hace un tiempo se encuentra operativa en el micrositio del MTESS una aplicación llamada "Cálculo de Salarios", mediante la cual los empleados pueden conocer de forma muy sencilla los niveles salariales vigentes en los Convenios Colectivos de Trabajo de mayor cobertura, los correspondientes al servicio doméstico y el valor del Salario Mínimo Vital y Móvil.

A través de la selección de distintas alternativas, se puede contar con el cálculo del salario, sus adicionales y de los descuentos previsionales y sindicales, y adicionalmente el trabajador puede recibir un correo electrónico con el valor actualizado del salario consultado.

Es importante resaltar, en este orden de ideas que, obviamente tanto el fisco, el MTESS y la ANSES como las asociaciones sindicales se nutren de estas herramientas para llevar adelante toda clase de fiscalizaciones (que en muchas oportunidades sólo implica un simple cruce de datos) y para la recepción de denuncias de empleo no registrado.

Así, son cada vez más frecuentes la aplicación de sanciones por inconsistencias en la registración de empleados (por diferencias de fechas de registración), así como la realización de relevamientos de personal en el domicilio de los contribuyentes, que conllevan también sanciones cada vez más duras, como ser la publicación en registros de incumplimiento (como el vigente Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales - REPSAL) que puede traer consecuencias aún más costosas.

En este entorno informático que vigila muy de cerca las relaciones laborales, resulta vital para las compañías mantener y actualizar sus registros e información con respecto a sus empleados, realizar revisiones periódicas y efectivizar controles, lo cual resulta sumamente difícil e implica el destino de gran cantidad tiempo y recursos -sobre todo cuando las nóminas son numerosas- a los efectos de cumplir con toda la normativa vigente en cuanto a la liquidación de salarios, cargas previsionales, impositivas, y gremiales, y así mitigar los riesgos de ser pasibles de reclamos tanto por parte de las autoridades de contralor como de sus trabajadores.


Fuente: Iprofesional

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