Remedición de Activos RT48: Modelos de Informes Profesionales y de Nota a los Estados Contables PBA

El Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires aprobó el texto de la Norma de Aplicación N° 107 “Aplicación de la Resolución Técnica N° 48. Modelos de Informe de Auditoría/Revisión de Estados Contables. Modelo de Nota a los Estados Contables para el caso de modificación de información comparativa” (NA 107), por medio de la Resolución de Mesa Directiva N° 2784.

Teniendo en cuenta que para los estados contables cerrados desde el 1° de junio de 2018, inclusive, en adelante deja existir la opción, sin condicionamientos para ejercer la misma, de diferir la aplicación de la remedición de activos no monetarios dispuesta por la Resolución Técnica N° 48, en los estados contables correspondientes a ejercicios cerrados a partir de dicha fecha, deberá efectuarse la señalada remedición de activos no monetarios, excepto que existan razones de impracticabilidad que impidan realizar la remedición en el ejercicio (Disposición de Presidencia N° 10056, Artículo 2°). Para el caso de que el ente aplique la RT 48 existe un Modelo de nota a las Estados Contables en la Norma de Aplicación N° 104 y un Modelo de Informe del Auditor, con opinión favorable sin salvedades, en la Norma de Aplicación N° 105. 

Los modelos que se ponen a disposición de los profesionales por medio de la NA 107, complementando a los ya emitidos a través de las Normas de Aplicación N° 104 y N° 105, son los siguientes:

a) Un Modelo de Informe del Auditoría para la situación en que los estados contables presentan una incorrección significativa no generalizada en el ejercicio actual, por errónea aplicación de la RT 48, presentando, en consecuencia, el Informe de Auditoría una opinión con salvedad. –Modelo 1-.

b) Un Modelo de Informe de Auditoría para la situación en que la entidad no efectúa la remedición al cierre del ejercicio por razones de impracticabilidad. –Modelo 2-.

c) Un Modelo de Informe de Revisión para la situación en que los entes que cerraron sus ejercicios contables durante el Período de Transición, optaron por diferir la aplicación de la RT N° 48 y deban efectuar la remedición de los activos no monetarios en los siguientes estados contables intermedios modificando la información al cierre del ejercicio anterior. –Modelo 3-.

d) Un Modelo de Nota a los Estados Contables de período intermedio en los que se ha efectuado la remedición modificando los saldos al cierre del ejercicio anterior, para la situación en que los entes que cerraron sus ejercicios contables durante el Período de Transición, optaron por diferir la aplicación de la RT N° 48 y deban efectuar la remedición de los activos no monetarios en los siguientes estados contables de período intermedio modificando la información al cierre del ejercicio anterior. –Modelo 4-.


Modelos:

  • Modelo de Nota a los Estados Contables - Ente ha efectuado la Remedición de activos en los primeros estados contables de período intermedio posteriores modificando la información al cierre del ejercicio anterior. Descargar aquí
  • Modelo de Informe de Revisión sobre Estados Contables Intermedios - Ente ha efectuado la Remedición de activos en los primeros estados contables de período intermedio modificando la información al cierre del ejercicio anterior. Descargar aquí
  • Modelo de Informe de Auditoría – Ente no ha efectuado la Remedición de activos por razones de impracticabilidad. Descargar aquí
  • Modelo de Informe de Auditoría – Opinión con salvedad por errónea aplicación de la RT 48. Descargar aquí
  • Referencias Generales aplicables a todos los modelos. Descargar aquí


El Consejo también puso a disposición de sus matriculados una “Guía de aplicación de la RT 48” en la cual se exponen ciertos aspectos generales relativos a la Resolución Técnica N° 48 “Normas Contables Profesionales: Remedición de Activos” (RT N° 48), conforme ha sido aprobada en jurisdicción del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires. 

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