Cada vez más contribuyentes se encuentran en la obligación de constituir Domicilio Fiscal Electrónico (DFE) de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Si bien desde su adhesión se recibirán las novedades, hay que entrar al servicio para conocerlas, no obstante, se puede consignar una dirección de correo electrónico para recibir alertas.
Se considera Domicilio Fiscal Electrónico al sitio informático seguro, personalizado, válido y optativo registrado por los contribuyentes y responsables para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y para la entrega o recepción de comunicaciones de cualquier naturaleza. Su constitución, implementación y cambio se efectuará conforme a las formas, requisitos y condiciones que establezca la Administración Federal de Ingresos Públicos, quien deberá evaluar que se cumplan las condiciones antes expuestas y la viabilidad de su implementación tecnológica con relación a los contribuyentes y responsables. Dicho domicilio producirá en el ámbito administrativo los efectos del domicilio fiscal constituido, siendo válidas y plenamente eficaces todas las notificaciones, emplazamientos y comunicaciones que allí se practiquen por esta vía.
Podrán notificarse mediante comunicaciones informáticas los siguientes actos administrativos:
A los efectos de la constitución del domicilio fiscal electrónico, los contribuyentes deberán manifestar su voluntad expresa mediante la aceptación y transmisión vía "Internet" de la fórmula de adhesión.
La constitución del domicilio fiscal electrónico se juzgará perfeccionada con la transferencia electrónica de la fórmula de adhesión indicada anteriormente, efectuada por el contribuyente, responsable o persona debidamente autorizada al efecto.
Tener en cuenta que todas las comunicaciones depositadas en el domicilio fiscal electrónico tienen un tiempo de vida, que se encuentra identificado con el contenido de la misma. Superado el tiempo de vida (contado a partir de la fecha de generación de la comunicación informática), ésta será removida de su domicilio fiscal electrónico y depositada en un archivo histórico de comunicaciones.
Por este motivo es necesario conocer las comunicaciones que se encuentran en el Domicilio Fiscal Electrónico. Se pueden consignar distintas direcciones de correo eléctronico para que llegue un aviso cuando se encuentre disponible alguna novedad en el mismo.
El servicio prevé la clasificación de las comunicaciones informáticas según su grado de importancia, habiéndose definido las siguientes categorías:
Para adherir al Domicilio Fiscal Electrónico hay que ingresar a la pagina de AFIP con CUIT y clave fiscal. Se puede hacer desde la opción “Domicilio Fiscal Electrónico” o desde la la opción “E-ventanilla”.
Para adherirlo desde la primera opción:
1- Dentro de “Servicios Administrativos” ingresar al servicio “Domicilio Fiscal Electrónico”
2- Una vez dentro del servicio, aparecerá una pantalla, donde se pueden visualizar las condiciones de operatoria del Domicilio Fiscal Electrónico. Luego de haber leído los ítems y si se esta de acuerdo, presionar sobre “Acepto los términos y condiciones” y se habilitará la opción “Confirmar Adhesión”.
3- Confirmada la adhesión, el sistema automáticamente descargará la “Fórmula de Adhesión”
Para adherirlo desde la segunda opción:
1- Dentro de “Servicios Administrativos” ingresar al servicio “E-ventanilla” y se siguen los pasos 2 y 3 mencionados anteriormente.
Consultar novedades
Una vez en el servicio "e-ventanilla", seleccionar la opción “Comunicaciones”
En el menú de la izquierda se podrá seleccionar a la persona sobre la cual se desea consultar la comunicación y a la derecha el listado de las comunicaciones disponibles.
Se considera Domicilio Fiscal Electrónico al sitio informático seguro, personalizado, válido y optativo registrado por los contribuyentes y responsables para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y para la entrega o recepción de comunicaciones de cualquier naturaleza. Su constitución, implementación y cambio se efectuará conforme a las formas, requisitos y condiciones que establezca la Administración Federal de Ingresos Públicos, quien deberá evaluar que se cumplan las condiciones antes expuestas y la viabilidad de su implementación tecnológica con relación a los contribuyentes y responsables. Dicho domicilio producirá en el ámbito administrativo los efectos del domicilio fiscal constituido, siendo válidas y plenamente eficaces todas las notificaciones, emplazamientos y comunicaciones que allí se practiquen por esta vía.
Podrán notificarse mediante comunicaciones informáticas los siguientes actos administrativos:
- Las liquidaciones administrativas de la obligación tributaria.
- Las citaciones, notificaciones, emplazamientos e intimaciones por falta de presentación de declaraciones juradas y/o de pago y demás actos emitidos con firma facsimilar.
- Toda otra citación, notificación, emplazamiento o intimación emitidas por esta Administración Federal vinculadas con los servicios "Web" que se detallan en el Anexo II y/o los que el Organismo brinde en el futuro, a los que hubiere adherido el contribuyente y/o responsable.
A los efectos de la constitución del domicilio fiscal electrónico, los contribuyentes deberán manifestar su voluntad expresa mediante la aceptación y transmisión vía "Internet" de la fórmula de adhesión.
La constitución del domicilio fiscal electrónico se juzgará perfeccionada con la transferencia electrónica de la fórmula de adhesión indicada anteriormente, efectuada por el contribuyente, responsable o persona debidamente autorizada al efecto.
Tener en cuenta que todas las comunicaciones depositadas en el domicilio fiscal electrónico tienen un tiempo de vida, que se encuentra identificado con el contenido de la misma. Superado el tiempo de vida (contado a partir de la fecha de generación de la comunicación informática), ésta será removida de su domicilio fiscal electrónico y depositada en un archivo histórico de comunicaciones.
Por este motivo es necesario conocer las comunicaciones que se encuentran en el Domicilio Fiscal Electrónico. Se pueden consignar distintas direcciones de correo eléctronico para que llegue un aviso cuando se encuentre disponible alguna novedad en el mismo.
El servicio prevé la clasificación de las comunicaciones informáticas según su grado de importancia, habiéndose definido las siguientes categorías:
- Importancia baja: el sistema posibilitará al usuario consultarlas en el momento que considere oportuno, sin limitaciones de operación en los restantes servicios "Web" a los que se halle adherido.
- Importancia media: las comunicaciones con esta graduación serán identificadas, a modo de alerta, al ingresar el usuario y contraseña en su portal individual, permitiéndole el acceso inmediato a su domicilio fiscal electrónico.
- Importancia alta: en este caso el sistema informará la existencia de la misma apenas el responsable autorizado haya ingresado su usuario y contraseña en su portal individual, redireccionándolo automática e inmediatamente a su domicilio fiscal electrónico para su lectura. Hasta que la comunicación no haya sido leída, el sistema imposibilitará al usuario a operar con ningún otro servicio electrónico del organismo.
Para adherir al Domicilio Fiscal Electrónico hay que ingresar a la pagina de AFIP con CUIT y clave fiscal. Se puede hacer desde la opción “Domicilio Fiscal Electrónico” o desde la la opción “E-ventanilla”.
Para adherirlo desde la primera opción:
1- Dentro de “Servicios Administrativos” ingresar al servicio “Domicilio Fiscal Electrónico”
2- Una vez dentro del servicio, aparecerá una pantalla, donde se pueden visualizar las condiciones de operatoria del Domicilio Fiscal Electrónico. Luego de haber leído los ítems y si se esta de acuerdo, presionar sobre “Acepto los términos y condiciones” y se habilitará la opción “Confirmar Adhesión”.
3- Confirmada la adhesión, el sistema automáticamente descargará la “Fórmula de Adhesión”
Para adherirlo desde la segunda opción:
1- Dentro de “Servicios Administrativos” ingresar al servicio “E-ventanilla” y se siguen los pasos 2 y 3 mencionados anteriormente.
Consultar novedades
Una vez en el servicio "e-ventanilla", seleccionar la opción “Comunicaciones”
En el menú de la izquierda se podrá seleccionar a la persona sobre la cual se desea consultar la comunicación y a la derecha el listado de las comunicaciones disponibles.
Configurar un correo electrónico para recibir avisos
Para recibir avisos acerca de las novedades producidas en el Domicilio Fiscal Electrónico, se podrán registrar distintas direcciones de correo electrónico.
Para ello se debe ingresar a la solapa “Correos” y luego la opción “Crear”.
Para recibir avisos acerca de las novedades producidas en el Domicilio Fiscal Electrónico, se podrán registrar distintas direcciones de correo electrónico.
Luego se desplegará la siguiente pantalla en donde se puede seleccionar la opción “Contribuyente”; ingresar la dirección de correo electrónico y el sistema para el cual se utilizará esa dirección de correo - poner Todos en el caso que se quiera recibir por todas las notificaciones-. Luego presionar “Aceptar”
De este modo, cada vez que se reciba una notificación por el sistema seleccionado se emitirá un alerta en la dirección de correo electrónico que registre.
De este modo, cada vez que se reciba una notificación por el sistema seleccionado se emitirá un alerta en la dirección de correo electrónico que registre.
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