Prevención de lavado: tarea conjunta del profesional y las empresas

Las normas internacionales y locales sobre Prevención de Lavado de Activos establecen importantes obligaciones que las organizaciones deben asumir tendientes a la detección y control del Lavado de Dinero y Financiación de Terrorismo. Para ello las mismas deben implementar procesos para el cumplimiento de estos fines.

Actualmente existen en nuestro país, una gran cantidad de Sujetos Obligados inscriptos en la Unidad de Información Financiera (UIF) que no están bajo la órbita de los organismos de contralor, como es el caso del BCRA, CNV, SSN y el INAESS, pero que todos los días están siendo pasibles de multas por incumplimientos estrictamente formales.

Desde la sanción de la Ley de Prevención de Lavado de Activos y Financiación de Terrorismo en el año 2000 y hasta 2009, la cantidad de Sujetos Obligados registrados en la Unidad de Información Financiera no superó los 350.

Recién en el año 2011, con la sanción de la Ley 26.683 dicho número se incrementó, llegando al año 2015 a superar los 44.000 inscriptos.

Es evidente que las constantes modificaciones y la necesidad de mantener a la Argentina dentro del GAFI cumpliendo con sus recomendaciones y así poder continuar dentro del G20, dieron como resultado un mayor seguimiento y presión sobre aquellas empresas que están alcanzadas por la Ley.

Hoy en día ya es un hecho cotidiano y a nadie le sorprende cuando un Banco o una Compañía de Seguros solicita documentación sobre el origen de fondos, sobre si los integrantes de los distintos órganos societarios son personas políticamente expuestas o sobre otros antecedentes de tipo financiero antes de recibir un deposito, transferencia o realizar un seguro de vida.

A la luz de este panorama y a la mayor rigurosidad y alcance que las normas le han venido dando, y por sobre todo vislumbrando un futuro de mayor control, es que muchas empresas han comenzado a autoregularse. Esto implica que han comenzado a establecer sus propios procedimientos en la materia, aún sin estar obligadas.

Es de esperar que haciendo de la lucha contra el narcotráfico uno de sus eje de campaña, el nuevo gobierno día a día y de la mano de la UIF perfeccione y amplíe los sistemas de control tendiendo a buscar mejores resultados y pegando fuertemente en un importante eslabón de la extensa cadena que debe tratar de vulnerarse en el combate contra el Narcotráfico y el terrorismo.

Varios han sido los sectores comprendidos, de los cuales el público en general se enfrenta más habitualmente, fuera del tema bancario, con las operaciones de origen inmobiliario o de compraventa de automotores, donde hoy en día son varios los sujetos obligados a informar en las distintas etapas de la comercialización. La Inmobiliaria, el Escribano y los Registros de la Propiedad Inmueble es uno de los casos. Otro son las Concesionarias de Autos y los Registros de la Propiedad Automotor.

Así es que también nosotros, cuando actuamos como Auditores o Síndicos debemos de igual manera aumentar nuestras tareas en la materia toda vez que debemos aplicar procedimientos reforzados de auditoria y control sobre nuestros clientes que tengan más de $ 10.000.000,- de activos.

Es por todo ello que parece imprescindible que los profesionales asesoremos y creemos en nuestros clientes una cultura ajustada a estos nuevos paradigmas. El entrenamiento en la materia, la difusión de las resoluciones y sus modificaciones, la información sobre técnicas y métodos para prevenir, detectar y reportar operaciones sospechosas y fundamentalmente la adopción de un plan de capacitación para toda la organización, son cuestiones cotidianas en las tareas de un profesional comprometido con el logro de los objetivos planteados.


Fuente: Cronista | D. Razzetto

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