AFIP: La implementación del libro de IVA Digital y del IVA Proforma

En una entrevista de Ricardo Ferraro, con el subdirector general de la Subdirección General de Fiscalización de la AFIP, Sergio Rufail comentó que la implementación del libro de IVA Digital será gradual, no será masiva, comenzará a aplicarse para un grupo de contribuyentes nominativos. Se empezará por los sectores de servicios, y según lo proyectado recién a fin del año próximo finalizaría la etapa de implementación. 

Recordemos que estuvo disponible en la página web del Organismo el proyecto de Resolución General de Libro de IVA Digital (Ver Cómo quiere AFIP que sea el Libro de IVA Digital).

El siguiente es el diálogo con el funcionario:

El libro de IVA digital ya es un hecho pues se pone en marcha en septiembre.

Lo que está previsto para septiembre es la emisión de la resolución general. El primer período de aplicación es el período fiscal octubre, que vence en noviembre, y a partir de ese momento comenzará a aplicarse para un grupo de contribuyentes nominativos. Será gradual, mes a mes se van a ir incorporando en un programa que vamos a sacar de tipo objetivo.

¿Cuándo sería la finalización de esa etapa?

A fin del año que viene, aunque quisiéramos hacerlo en menos tiempo, pero probablemente nos lleve todo el año.

¿Desde cuándo reemplazará a la información de Compras y Ventas y al libro de IVA?

Queremos que todo el universo de inscriptos en IVA y de sujetos exentos estén incorporados a este régimen y al finalizar el proceso se eliminará el sistema informativo y sustituirá el libro de IVA.

El libro digital implica un mayor control a nivel general.

Implica dos cosas. Primero sí un mayor control, porque la información la está suministrando la Administración Tributaria, poniéndola a consideración, y eso implica el conocimiento previo sobre la actividad. Pero también más facilitación, porque eliminamos un régimen informativo, sustituimos un registro y daremos a conocer las facturas que se están emitiendo a nombre del responsable. Hay un fenómeno que se ha ido detectando detrás de la evasión es la factura apócrifa. Existen muchos receptores que no saben que les usan el nombre para emitir factura.

¿Por eso se excusa de responsabilidad la AFIP?

Al poner a disposición la facturación el contribuyente tendrá la posibilidad de repudiarla. Después sí, iremos incorporando el nivel de control. Por ejemplo, en el libro de compra teniendo todas las facturas recibidas, se marcarán aquellas que provengan de empresas catalogadas como de presunta apocrificidad, es decir, aquellas que emitieron una factura sin que conste en los registros de la AFIP la capacidad económica y financiera de poder producir el bien o servicio que facturó. Esto para que no haya sorpresa si en alguna inspección se detecta este tipo de factura y se hace el ajuste un año o dos años después y un ajuste retroactivo en un año lleva intereses, multas, etc. Teniendo este dato temprano es más control, pero el contribuyente puede evitar problemas en el futuro

Vamos hacia la declaración de IVA proforma. ¿Esta es la base?

Sí, totalmente. Con esto nosotros tenemos la información del IVA que se paga y se cobra, incluido las importaciones y todo eso es la base de una futura oferta de una declaración jurada proforma, no una liquidación administrativa, esto para los colegas hay que marcarlo muy bien, sino una proforma. Algo que propone la administración tributaria y el contribuyente tiene la opción de aceptarla o adecuarla conforme a sus registros.

Pero no todas las declaraciones de IVA son iguales.

El planteo es que la mayoría de los contribuyentes tienen compras y ventas y ahí terminó la complejidad. Después vienen aquellos que sufren retenciones, percepciones, pago a cuenta, etcétera y se empieza a complejizar. Es más, tenemos un último ingrediente que son aquellos que solicitan devolución. El libro representa el puntapié inicial para la declaración proforma como para la solicitud de devolución proforma también. Porque quien quiera solicitar una devolución de algún impuesto que esté contenido en la factura deberá seleccionar de las facturas directamente cuáles son aquellas susceptibles de incorporar en la devolución y no tener que presentar un listado de facturas en formato electrónico.

El libro de IVA digital, ¿lo puedo modificar?

Totalmente, hay una conexión unívoca entre uno y otro. En ocasiones no sólo se podrá modificar, sino que deberá hacerse. Ofrecemos una propuesta y el contribuyente acepta o no, nunca vamos a vulnerar el principio de autodeclaración de los impuestos.


Autor: R. H. Ferraro

Comentarios