La Justicia falló a favor de un contribuyente que no pudo finalizar el blanqueo de capitales

La Justicia confirmó un amparo que presentó un contribuyente para que se le permitiera terminar con la presentación del blanqueo de 2016, considerando que había cumplido con todos los requisitos (declarar los bienes, confirmar los testaferros, confirmar las valuaciones por tasadores) e, inclusive, había pagado el impuesto especial, pero no había podido presentar la declaración jurada por una falla del sistema de AFIP.

El Tribunal Fiscal de la Nación, primero, y la Cámara Federal Contencioso Administrativo después habilitaron el blanqueo en la causa Ávila, Carlos Vicente.

La Cámara advirtió que la imposibilidad de concluir el trámite por una falla en el sistema web de la AFIP es una "formalidad no esencial", teniendo en cuenta el avanzado estado de cumplimiento de todos los demás requisitos que se exigían, explicó Ezequiel Passarelli, la consultora SCI.


El último blanqueo de capitales logró el sinceramiento de más de u$s 116.800 millones, pero tuvo una ventana muy corta de tiempo para que los contribuyentes pudieran cumplirlo, menos de 8 meses, mientras que se podía hacer enteramente on line, sin presentar un sólo papel en AFIP, subrayó Passarelli.

Pero como todo dependía de la web y el tiempo para cumplir era tan corto, hubo una infinidad de casos de personas y empresas que no pudieron terminar a tiempo con su blanqueo (considerando que blanquearon más de 254.700 sujetos).

Por este motivo, casi un año después del cierre del blanqueo, que tuvo lugar el 31 de marzo de 2017, la AFIP le envió por mail a varios sujetos que habían cumplido con todos los pasos (y, fundamentalmente, habían pagado el impuesto), la oportunidad de presentar la declaración jurada que no habían podido presentar, dándoles tiempo para hacerlo entre el 29 de enero y el 28 de febrero de este año.

Muchos quedaron fuera de esos mails enviados por AFIP, sin embargo, por lo cual, o bien siguen intentando una respuesta en la Justicia; o bien esperan que el Gobierno decida impulsar un nuevo blanqueo de capitales.

Lo curioso del caso es que, dadas todas las pruebas y siendo de público conocimiento que los últimos días del blanqueo el sistema web colapsó, como ocurre con los sistemas de AFIP siempre que hay vencimientos importantes, los contribuyentes tengan la necesidad de recurrir a la Justicia, opinó Passarelli.

Hay que tener en cuenta que, justamente como ocurrió en este caso, las costas y los gastos de todo el juicio fueron impuestas a la AFIP por haber perdido el juicio, añadió.

Es decir, no solamente la falta de criterio del fisco de prohibirle al contribuyente terminar con su declaración jurada, cuando había cumplido con todos los requisitos le significó una seria preocupación al ciudadano, sino también nos costó dinero a todos nosotros, concluyó Passarelli.

Opinión de Expertos

Iván Sasovsky, señaló que "la sentencia de la Cámara es importantísima y allana el camino de una cantidad enorme de casos que se pueden presentar sobre el mismo problema".

"Recordemos que las normas y su aplicación práctica para la presentación de la Declaración Jurada del Sinceramiento fiscal, rompieron todas las reglas de la buena fe y fueron en contra de los principios básicos de la tributación que tienen que ver con la comodidad o simplicidad y la certeza necesarias para la recaudación de cualquier impuesto", aclaró Sasovsky.

"Por primera vez en la historia no se pudieron presentar rectificativas de las declaraciones juradas, y el servicio de AFIP en clave fiscal fue puesto en marcha en tiempo record con todos los inconvenientes que eso implica", advirtió el experto.

"Esta causa pone en evidencia que el sistema falló y al mismo tiempo, que eso no puede poner en riesgo el compromiso asumido por el fisco al cobrar el impuesto antes de la presentación de la declaración jurada del contribuyente, dado que cuando eso ocurre se invierte la relación jurídico- tributaria y el sujeto pasivo pasa a ser el propio fisco, que al no garantizar las herramientas para la correcta determinación y su posterior presentación de la declaración jurada luego no pueden aplicar las normas generales de procedimiento tributario para someter a al contribuyente", detalló el tributarista.

Lo importante es que se pueda comprender que aún cuando se establecen regímenes especiales de pago de tributos excepcionales, se deben garantizar indefectiblemente, que todos los elementos que cristalizan a los principios de la tributación, y al potencial derecho de defensa de ese contribuyente, no se vean afectados. Todo ello, implica que la posibilidad de rectificar un error, o subsanarlo debidamente por el contribuyente debe darse bajo condición igualitaria para todos los casos equivalentes.

En igual sentido, Teresa Gomez, señaló: "Tal vez, en algún momento, logremos que la AFIP comprenda que la recaudación depende, entre otras cosas, de la fiabilidad de sus propios sistemas operativos a los que debe sumarle la eficiencia de los contadores que, a prima facie, deben interpretar la norma y luego llevarla a la práctica".

"Pero por mayor grado de eficiencia que tenga el profesional, no se puede luchar cuando las fallas son continuadas, cuando la web está caída o cuando el aplicativo legisla", destacó Gómez.

En tanto, Diego Fraga, explicó que "la existencia de litigios en este ámbito puede tener origen en ciertos aspectos del sinceramiento fiscal que no fueron contemplados o que fueron insuficientemente regulados".

"También se han generado inconvenientes por problemas con el sistema, ya sea de funcionamiento general o por características del diseño de determinados aplicativos. Si bien la AFIP ha dictado algunas normas tendientes a brindar oportunidades a quienes no pudieron concluir satisfactoriamente los sinceramientos, no han sido de utilidad para todos los que se encontraban en dificultades. Y ello está dando lugar a los primeros litigios que salen a la luz", puntualizó Fraga.

"A ello cabe agregar la falta de experiencia en el manejo de estos temas en las agencias y regiones del organismo, que ante situaciones imprevistas se han visto paralizadas y no han brindado respuestas satisfactorias a los contribuyentes", señaló el experto.

"También se han verificado numerosos errores por parte de algunos profesionales que han llevado adelante las regularizaciones, sumado a ello algunos errores de los bancos en la recepción de los fondos del exterior", detalló.


"Las consecuencias de no poder perfeccionar el blanqueo son catastróficas, ya que implican el pago de todos los tributos originariamente adeudados más los intereses, multas y en algunos casos hasta sanciones penales", advirtió Fraga.

Autores: D. Olveira - H. Gilardo

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