La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha actualizado los importes a partir de los cuales es obligatorio identificar los datos de los consumidores finales que participan en las operaciones.
En efecto, se deben consignar los datos de identificación del comprador, locatario o prestatario en el comprobante, cuando se trate de un consumidor final y el importe de la operación sea igual o superior a $ 20.932, si el pago se realiza por algún medio electrónico autorizado (tarjetas de crédito, tarjetas de débito, tarjetas prepagas no bancarias u otros medios de pago equivalentes conforme normativa del Banco Central de la República Argentina).
Cuando el medio de pago NO se efectúe por algún medio electrónico autorizado, se debe realizar la identificación cuando el monto sea igual o superior a $ 10.466, es el caso de las operaciones realizadas en efectivo.
Se deberán consignar los siguientes datos:
- Apellido y nombres
- Domicilio
- CUIT, CUIL, CDI o, en su caso, número de documento de identidad (LE, LC, DNI o, en el supuesto de extranjeros, Pasaporte o CI)
Estos importes, se actualizan por semestre calendario tomando el Índice de Precios al Consumidor (IPC) conforme a los valores publicados por el INDEC, por lo que la presente modificación corresponde a la actualización semestral en base al IPC del periodo julio-diciembre 2020.
Momento de emisión y entrega de comprobantes
De tratarse de operaciones con consumidores finales, la entrega o puesta a disposición de la factura y/o los demás comprobantes corresponderá ser efectuada en el momento en que se realice la operación, entendiéndose por tal, el que para cada caso se indica:
Compraventa de cosas muebles: cuando se verifique la entrega o puesta a disposición del comprador, o se perciba -en forma total o parcial- el precio, lo que fuera anterior.
Prestaciones de servicios y locaciones de obras y servicios: cuando se concluya la prestación o ejecución, o se perciba -en forma total o parcial- el precio, lo que fuera anterior.
-El Contador Online News-
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